Testamento

El testamento es la herramienta jurídica por excelencia utilizada para regular los efectos patrimoniales de la defunción de una persona.

Existen distintas formas de otorgar el testamento en función de cuál sea la ley aplicable, pero el más común es el llamado testamento abierto, que se otorga ante notario, en escritura pública y que accede al Registro General de Actos de Última Voluntad. Toda persona mayor de catorce años puede otorgar testamento notarial abierto.

El testamento es un documento voluntario, personalísimo y esencialmente revocable, por lo que se puede modificar y revocar, con total libertad, cuantas veces se considere necesario (siempre que se tenga capacidad). Lo recomendable es otorgar varios testamentos a lo largo de la vida de una persona de modo que se adapte a las circunstancias personales, familiares y patrimoniales de cada momento.

En el ámbito de la empresa familiar es especialmente relevante prever una regulación de los efectos de la defunción de cualquiera de los socios, puesto que el fallecimiento de cualquiera de ellos determinará el momento de transmisión mortis causa de la propiedad de las acciones o participaciones sociales y de los derechos vinculados a las mismas. La ausencia de regulación previa de la sucesión futura podría conllevar situaciones de hecho no deseadas por el socio fallecido, llegando incluso a poder existir supuestos de contradicción entre los acuerdos adoptados y recogidos en el protocolo familiar y los efectos legales producidos por aplicación de las normas de la sucesión intestada.

El testamento es el documento que regulará la sucesión de la persona fallecida y determinará, en el caso de la empresa familiar, quienes serán los nuevos propietarios de las acciones o participaciones sociales.